martes, 11 de julio de 2017

miércoles, 18 de mayo de 2016

Porque certificarte como Ministro de Culto?

Porque certificarte como Ministro de Culto?



En las disposiciones administrativas emanadas  de la Dirección de Cultos, entidad gubernamental, entre muchos otros requisitos, exigen que quien funja como Pastor o Jefe de la Asociacion que solicita el Visto Bueno para funcionar como Iglesia, debe haber estudiado y obtenido su reconocimiento como Ministro de Culto.

Hay quienes lo entendemos, mas existen igualmente aquellos que no lo entienden, y lo peor aun, no quieren entenderlo. Sin embargo, los requisitos por parte de la entidad gubernamental siguen vigentes.


Como Abogados Especialistas en la materia, aunado a otro grupo de profesionales, Contadores Públicos, Ingenieros, Médicos, Docentes, Administradores, diseñamos un pensum que, no solamente le permitirá al Ministro de Culto que se certifique con nosotros cumplir con los requisitos exigidos por la Dirección de Justicia y Cultos, sino que ademas, obtendrá herramientas que le servirán poderosamente para ser mas efectivo en el ejercicio de sus funciones.

Es entendido que las Iglesias reconocidas por la ley como tales, pueden avalar a los aspirantes, certificar sus estudios y por medio de esa vía, la nueva iglesia obtener su Visto Bueno, protocolizar sus estatutos en la Oficina Subalterna respectiva y luego adquirir personalidad jurídica cuando finalmente sea inscrita en la dirección in-comento. Eso es excelente.

Pero hay un gran detalle!!!

Que pasa con aquellos que no puedan ser avalados por esa iglesia?  No tienen derecho a ser certificados como Ministros de Culto?


Que pasa con aquellos a quienes esa iglesia no quiera avalar, porque no es amigo de, o lo consideren que no esta apto... NO tiene derecho a certificarse como Ministro de Culto?
Que pasa con las damas? Tampoco  pueden porque su Iglesia no las certifica por su sexo?


La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela establece " Libertad de Cultos"; NO Discriminacion. Y es para ese segmento de la población venezolana que nuestra Institución Seminarista ISIGAP existe. Para aquellos que por las vías "regulares eclesiásticas" jamas llegarían a ser " Ministro de Culto"


Adicionado a lo anterior, las certificaciones realizadas por otras iglesias, en su gran mayoría, solo son sobre el componente teológico; y que de lo demás?  Cual es el marco jurídico que regula al Ministro de Culto? Cuales son los convenios de carácter internacional que lo protegen? Que de la legislación fiscal y las funciones de todo Ministro de Culto? Los impuestos y las Iglesias de cualquier credo, hoy mas que nunca que la Ley del Impuesto sobre la Renta fue modificada y las Iglesias quedaron fuera de los beneficios fiscales...?


Toda esa informacion, aunada a contenido  Gerencial y de Liderazgo, la obtendrás cuando  estudies y te certifiques con nosotros en nuestro Curso de Formación Profesional como " Ministro de Culto"


https://www.facebook.com/registrodeiglesias/