Los requisitos para obtención del Visto Bueno por parte de la Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos, varian si es una Iglesia Nueva, esto significa, que nunca ha sido legalizada, aunque este funcionando, o si por el contrario, ya es una Iglesia Legalizada.
Hoy se requiere de Visto Bueno para el Acta de Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de una Iglesia ya Legalizada. Tal requisito no existia con anterioridad!!!
Veamos:
A.- IGLESIAS NUEVAS o NACIENTES:
1.- Dios nos manda a cumplir las leyes. Hoy por hoy existe un marco legal bien escabroso desconocido por un 99% de Pastores y Ministros.
2.- Las regulaciones imperantes tienen por finalidad guardar a la familia venezolana, entre otras cosas. Hoy es mas que necesario identificar plenamente quienes son los Pastores, Ministros, miembros de las Juntas Directivas, sus credenciales académicos y capacitación teologica, sus antecedentes penales, cartas de buena conducta, lugar exacto de residencia, etc.
3.- De igual forma se busca proteger el patrimonio de la iglesia y el de sus miembros.
4.- Adicionado a ello, existen beneficios a los cuales no puedes acceder si previamente no has cumplido con la ley.
5.- La figura Tributaria Venezolana, a saber el Seniat, se encuentra ejerciendo sus funciones minuciosamente.
6.- No podemos permitirle al enemigo que nos elimine apenas naciendo.
B.- IGLESIAS ANTIGUAS o LEGALIZADAS y SUS REALIDADES:
1.- Estatutos fuera del nuevo Marco Constitucional.
2.- Juntas Directivas vencidas. Cambios de Dirección de la Iglesia. No existe el Registro de Información Fiscal. (RIF)
3.- Miembros de Juntas directivas que hoy, a la luz de la ley, no reúnen los requisitos.
4.- Pastores, Presidentes de Asociaciones y/o quienes fungen como tales, se encuentran sin haber cumplido con los requisitos académicos mínimos para ser Pastores o Ministros de Culto, reconocidos por el Gobierno Venezolano.
5.- Miembros de las Juntas Directivas que hoy NO están residenciados en la Jurisdicción de funcionamiento de la Iglesia.
6.- Contratos de arrendamiento vencidos. Problemas con los documentos de propiedad de la Iglesia.
7.- Problemas operativos con las Juntas Comunales y Asociación de Vecinos.
8.- Imposibilidad de realizar actos de comercio.
9.- Problemas con las entidades financieras para aperturar y/o cerrar cuentas bancarias a nombre de la Asociación.
10.- Iglesias y Pastores sin exención fiscal de parte del Seniat.
11.- Imposibilidad de firmar Convenios Internacionales con otras Iglesias y/o Asociaciones Académicas.
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